ÉTICA Y BUENAS PRÁCTICAS DE PUBLICACIÓN
El Código de Ética de la Revista do Serviço Público (RSP) orienta los deberes de la persona autora, revisora y del comité editorial, además de hacer públicas las decisiones sobre retractación y plagio. Las orientaciones de práctica editorial se basan en la Guía para editores del Committee on Publication Ethics (COPE).
AUTORES
Las personas autoras deberán presentar artículos originales con una reflexión objetiva sobre su importancia para el campo de la administración pública. Los datos deben representarse con precisión. Las declaraciones fraudulentas o los datos inexactos son antiéticos e inaceptables.
Las personas autoras deben cumplir con los principios de datos abiertos de la RSP, así como estar preparadas para proporcionar acceso a los datos si es necesario, conservándolos durante un tiempo razonable después de la publicación.
Las personas autoras no deben someter el mismo manuscrito a más de una revista simultáneamente y/o publicar el mismo artículo en revistas diferentes. Todas las formas de plagio se consideran una conducta editorial antiética y, por lo tanto, inaceptables.
Si, durante el proceso editorial, se identifica una situación de plagio o duplicidad, corresponderá al equipo editorial analizar el caso y realizar la comunicación pertinente. Según el caso, también se notificará a la institución donde se realizó la investigación y a la agencia de financiamiento (si la hubiera). El equipo editorial podrá solicitar los cambios necesarios o excluir el trabajo del proceso editorial.
Si, después de la publicación del trabajo, la RSP recibe una denuncia de que la obra contiene plagio, corresponderá al equipo editorial analizar la denuncia y, una vez confirmada, solicitar a las personas autoras la debida retractación.
Las personas autoras asumen la responsabilidad colectiva del trabajo. Todas las personas que hayan hecho una contribución significativa al proyecto deben figurar como coautoras. La persona autora principal debe garantizar que todas las personas coautoras estén incluidas en el artículo y que todas hayan visto y aprobado la versión final del artículo y estén de acuerdo en enviarlo para su publicación.
Los artículos enviados a la RSP deben tener un máximo de seis (6) personas autoras. Una vez enviado, no podrá realizarse ningún cambio en la autoría del artículo (eliminación, inclusión o sustitución de nombres).
USO DE IA GENERATIVA O TECNOLOGÍA ASISTIDA POR IA EN LA REDACCIÓN CIENTÍFICA
El uso de inteligencia artificial generativa y de tecnologías asistidas por IA en la redacción de manuscritos enviados a la Revista do Serviço Público (RSP) está permitido exclusivamente con fines de mejorar la claridad, precisión y calidad del lenguaje del texto.
El empleo de estas herramientas deberá realizarse bajo supervisión humana, correspondiendo a los autores la obligación de revisar, editar y validar íntegramente el contenido producido. La responsabilidad final e íntegra por el contenido del manuscrito recae únicamente en los autores, y no podrá transferirse, total o parcialmente, a sistemas de inteligencia artificial.
Es obligatoria la declaración explícita del uso de IA generativa o de tecnologías asistidas por IA en el proceso de elaboración del manuscrito. Dicha declaración deberá constar en el artículo publicado, en una sección específica definida por las normas editoriales de la RSP.
En ningún caso las herramientas de IA o las tecnologías asistidas por IA podrán ser indicadas como autoras o coautoras, ni citadas como tales. La condición de autoría implica atribuciones éticas, intelectuales y de responsabilidad que corresponden exclusivamente a los seres humanos.
El incumplimiento de estas disposiciones podrá constituir una violación ética, sujeta a las medidas previstas en las normas editoriales de la RSP.
Se prohíbe el uso de inteligencia artificial generativa o de herramientas asistidas por IA para crear o alterar figuras e imágenes en los manuscritos enviados a la Revista do Serviço Público (RSP).
Se consideran prácticas prohibidas:
a) introducir, eliminar, mover u ocultar elementos visuales en imágenes o figuras;
b) modificar características de manera que comprometa la integridad o fiabilidad de los datos representados;
c) utilizar IA generativa para la creación de obras artísticas que se incluyan en los artículos.
Solo se permiten ajustes técnicos mínimos, como brillo, contraste o equilibrio de color, siempre que no resulten en la ocultación, distorsión o eliminación de información contenida en el material original.
La única excepción a esta política ocurre cuando el uso de IA o de herramientas asistidas por IA constituye parte integrante del proyecto de investigación o de los métodos científicos empleados. En esos casos, es obligatoria la descripción detallada y replicable del procedimiento en la sección de métodos, incluyendo:
a) la finalidad y la forma de utilización de la IA;
b) la identificación de la herramienta o modelo empleado (nombre, versión, extensión y fabricante);
c) una justificación metodológica que garantice la transparencia y la reproducibilidad.
Las personas autoras deben respetar íntegramente las políticas de uso y licenciamiento de los programas de IA empleados, garantizando la debida atribución y el cumplimiento ético.
El incumplimiento de estas disposiciones se considerará una violación ética grave, sujetando el manuscrito y/o a los autores a las medidas editoriales correspondientes, incluyendo rechazo, retractación y comunicación a las instancias institucionales competentes.
REVISORES
La persona revisora debe aceptar manuscritos que presenten un tema similar a su área de conocimiento, garantizando una evaluación adecuada orientada a mejorar la calidad del manuscrito. La persona revisora deberá notificar al editor cualquier situación que impida su participación en un proceso de revisión.
La persona revisora debe tratar a las personas autoras y sus respectivos trabajos con el mismo respeto que desearía recibir en cualquier espacio del debate científico. Es inadmisible realizar cualquier crítica personal a la persona autora.
La persona revisora debe sugerir nuevas citas vinculadas a su propia producción o a la de otros cuando sean necesarias y relevantes. Es inadmisible incluir referencias con el único fin de aumentar las citas del propio revisor.
La persona revisora deberá declarar cualquier conflicto de intereses que le impida realizar la revisión.
La persona revisora debe tratar todo manuscrito recibido como un documento estrictamente confidencial, quedando prohibida su divulgación, reproducción o utilización para cualquier fin.
La persona revisora deberá respetar los plazos de evaluación y entregar un dictamen fundamentado, contribuyendo a la celeridad del proceso editorial.
USO DE IA GENERATIVA O TECNOLOGÍA ASISTIDA POR IA EN LA REVISIÓN CIENTÍFICA
Se prohíbe al revisor cargar, total o parcialmente, el manuscrito enviado en herramientas de inteligencia artificial generativa o en cualquier tecnología asistida por IA.
Se prohíbe a la persona revisora utilizar herramientas de IA para redactar, revisar y mejorar sus dictámenes, aun cuando la finalidad sea únicamente mejorar el lenguaje o la claridad del texto.
El incumplimiento de estas disposiciones se considerará una violación ética grave, sujetando al revisor a las medidas correspondientes en el marco de la política editorial de la RSP.
COMITÉ EDITORIAL
Es deber del comité editorial garantizar que ningún tipo de sesgo afecte o influya en las decisiones editoriales.
Es deber del comité editorial garantizar el debido respeto a las normas establecidas por la RSP y resolver las cuestiones mediante una retractación ágil comunicada a la comunidad académica.
Es deber del comité editorial no invitar a revisores que trabajen en el mismo departamento de la misma institución que los autores o que hayan sido coautores con ellos en algún momento.
Es deber del comité editorial estar atento y actuar con agilidad para resolver cualquier cuestión relacionada con fraude. Si, durante el proceso editorial, se detecta fraude en un artículo (omisión o manipulación de datos con el fin de inducir los resultados de la investigación; error de cálculo; error experimental), corresponderá al comité editorial analizar el caso y notificar a los autores. El equipo editorial podrá solicitar los cambios necesarios o excluir el trabajo del proceso editorial. Si, después de la publicación del trabajo, la RSP recibe una denuncia de fraude, corresponderá al equipo editorial analizar el caso y solicitar la retractación del artículo.
Las denuncias de mala conducta científica serán recibidas por el Comité Editorial y evaluadas con base en evidencias, respetando el derecho de contradicción y el derecho de defensa.